Sociedad

Atención: ¿A partir de que gastos la AFIP te investiga?

La AFIP investiga a todas las personas que superen un monto establecido para los depósitos a plazo fijo.

Muchos ahorristas elijen al plazo fijo como forma de resguardo, pese a la inflación. Todas aquellas personas que superen el límite al hacer estos depósito quedan expuestos a un posible investigación por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

En ese sentido, los bancos están obligados a informar al ente tributario cuando una persona invierte cierta cantidad de dinero en un plazo fijo.

AFIP: ¿Cuál es el límite para invertir en un plazo fijo sin que te investiguen?

La AFIP tiene la potestad investigar a los contribuyentes que inviertan más de $ 200.000 en un depósito.

Las entidades bancarias deben informar a la entidad cuando los movimientos acumulados de acreditaciones y extracciones mensuales en moneda argentina o extranjera superan dicho límite.

Además, la AFIP incluye las cajas de ahorro, cuentas de sueldo, cuentas de la seguridad social y cuentas especiales en su investigación.

En la misma línea, el ente tributario estableció a través de la Resolución 5349/2023 que los bancos deberán informar cuando los consumos realizados a través de tarjetas de débito y crédito superen los $ 120.000.

AFIP: ¿Qué pasa si deposité más de $ 200.000 en un plazo fijo?

Si un contribuyente excede el límite establecido de $ 200.000 para el plazo fijo, la AFIP podría comunicarse para solicitar la presentación de documentación que respalde dichos fondos.

Dentro de los documentos que podrían solicitar, están incluidos:

  • Facturas emitidas en los últimos seis meses,
  • Comprobantes de cobros jubilatorios,
  • Recibos de sueldo,
  • Certificados de ingresos que emitidos por contadores públicos

AFIP: ¿Qué otros movimientos investigan?

Las entidades financieras deberán notificar al fisco cuando los clientes superen los nuevos topes, los cuales son:

  • Cuando el monto total de las acreditaciones mensuales efectuadas en cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales, en moneda argentina o extranjera, resulte igual o superior a $ 200.000.
  • En caso el total acumulado de las extracciones por mes en efectivo de cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales, en moneda argentina o extranjera sean iguales o superen los $ 200.000.
  • Los saldos de las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales que, al último día hábil del período mensual informado, sean iguales o mayores – en valores absolutos – a $ 200.000. En este caso se deberá considerar los importes positivos y negativos.
  • Cuando los montos totales de los plazos fijos sean iguales o superiores a $ 200.000.

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